Administración desleal y apropiada indebida
Los delitos de administración desleal y apropiación indebida se producen cuando una persona, aprovechando una relación de confianza o la gestión de bienes ajenos.
Los delitos de frustración de la ejecución e insolvencias punibles se encuentran regulados en los arts. 257 a 261 bis del Código Penal, que sancionan ciertas conductas realizadas por el deudor que resultan perjudiciales para el derecho de crédito de sus acreedores. Lo que se castiga no es el hecho de deber dinero a terceros, sino los actos realizados por el deudor con el fin de ocultar su patrimonio para impedir que sus acreedores puedan recuperar el dinero debido.
Los arts. 257 a 258 ter del Código Penal regulan los delitos de frustración de la ejecución, que castigan conductas que tienen como fin impedir que el acreedor se haga pago con los bienes del deudor. Nos encontramos ante un delito que presenta las siguientes modalidades delictivas:
Por último, conviene tener en cuenta que los hechos previamente descritos se castigan con mayor pena si la deuda cuyo pago de intenta evitar es de Derecho público, si la cuantía defraudada supera los 50.000 euros, si el delito afecta a muchas personas…
Los delitos de insolvencias punibles se encuentran regulados en los arts. 259 a 261 bis del Código Penal y castigan conductas que disminución u ocultación del patrimonio del deudor que se encuentra en situación de insolvencia actual o inminente, es decir, aquel que no puede hacer frente a sus deudas o que prevé que no podrá hacerlo en un futuro próximo. Este delito presenta varias modalidades típicas:
Por último, debemos tener en cuenta que tanto los delitos de frustración de la ejecución como los delitos de insolvencias punibles pueden generar responsabilidad penal de la persona jurídica (arts. 258 ter y 261 bis del Código Penal). La pena a imponer a esta última es de multa, cuya cuantía varía en función de la gravedad del delito:
Asimismo, el Juez puede imponer a la persona jurídica penas adicionales, como la disolución, la suspensión de actividades, la clausura de locales, la prohibición de realizar actividades en el futuro, la inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas y la intervención judicial.