ALTERACIÓN DE PRECIOS EN CONCURSOS Y SUBASTAS PÚBLICAS
El art. 262 del Código Penal castiga determinados comportamientos relacionados con la alteración de concursos y subastas públicas, con el objetivo de proteger la adecuada formación de los precios. Concretamente, sanciona a las personas que realicen alguna de las siguientes conductas:
- Solicitar pagos o promesas para no participar en un concurso o subasta pública.
- Intentar alejar de un concurso o subasta pública a los postores, utilizando amenazas, pagos, promesas o cualquier otro engaño.
- Concertarse para alterar el precio del remate en un concurso o subasta pública.
- Quebrar o abandonar fraudulentamente una subasta habiendo obtenido la adjudicación.
Los comportamientos descritos previamente llevan aparejada una pena de prisión de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses, así como la pena de inhabilitación especial para licitar en subastas judiciales por un período de entre 3 y 5 años.