Administración desleal y apropiada indebida
Los delitos de administración desleal y apropiación indebida se producen cuando una persona, aprovechando una relación de confianza o la gestión de bienes ajenos.
El art. 262 del Código Penal castiga determinados comportamientos relacionados con la alteración de concursos y subastas públicas, con el objetivo de proteger la adecuada formación de los precios. Concretamente, sanciona a las personas que realicen alguna de las siguientes conductas:
Los comportamientos descritos previamente llevan aparejada una pena de prisión de 1 a 3 años y multa de 12 a 24 meses, así como la pena de inhabilitación especial para licitar en subastas judiciales por un período de entre 3 y 5 años.