Prostitución y explotación sexual
Los delitos de prostitución y explotación sexual constituyen una de las formas más graves de vulneración de los derechos humanos y de la dignidad de las personas.
Los delitos de prostitución y explotación sexual constituyen una de las formas más graves de vulneración de los derechos humanos y de la dignidad de las personas.
Por otro lado, el art. 186 del Código Penal tipifica el delito de provocación sexual, que castiga a la persona que, por cualquier medio directo, venda, difunda o exhiba material pornográfico entre menores o personas con discapacidad.
El delito de exhibicionismo castiga a las personas que ejecuten o hagan ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores o personas con discapacidad, hechos que se sancionan con pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses.
El delito de acoso sexual se encuentra regulado en el art. 184 del Código Penal, que sanciona al sujeto que solicita favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero.
Las agresiones sexuales a menores de 16 años constituyen uno de los delitos más graves contemplados en el Derecho Penal, al afectar directamente a la libertad e indemnidad sexual de personas especialmente vulnerables.
El delito de agresión sexual supone una grave vulneración de la libertad y la integridad de la persona, y abarca cualquier acto de contenido sexual realizado sin consentimiento.