COMPLIANCE PENAL

Abogados Penalistas expertos en Compliance Penal

El compliance penal o programa de cumplimiento es el conjunto de normas y medidas que adopta una empresa para evitar la comisión de delitos en su seno.

El compliance penal ha sido objeto de un importante desarrollo en los últimos años, especialmente a raíz de la introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Código Penal español en el año 2010. Desde la reforma operada ese año, las empresas pueden responder penalmente por la comisión de determinados delitos cometidos por sus administradores y directivos o por sus empleados, siempre que la persona física que comete efectivamente el delito lo haga actuando en nombre o por cuenta de la empresa y en su beneficio.

Si una persona jurídica es declarada penalmente responsable de un delito, se le pueden imponer las siguientes penas: multa, disolución, suspensión de actividades por un plazo de hasta 5 años, clausura de locales por un plazo de hasta 5 años, prohibición de realizar en el futuro determinadas actividades de forma temporal o definitiva, inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas públicas o beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, e intervención judicial.

En el año 2015, se introdujo una novedad: la posibilidad de eximir de responsabilidad penal a las personas jurídicas que contasen con un programa de cumplimiento o compliance penal correctamente implementado en el momento de la comisión del delito. Por ello, en los últimos años la gran mayoría de las empresas han implementado programas de cumplimiento para evitar la comisión de delitos dentro de su organización y, en cualquier caso, garantizar que, de cometerse algún delito, la empresa no respondería penalmente del mismo.

Además, el Código Penal prevé la posibilidad de atenuar la pena (es decir, de imponer una pena menor) a aquellas empresas o personas jurídicas que, a pesar de no tener un programa de compliance penal implementado en el momento de la comisión del delito, implementan, antes del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir delitos que puedan cometerse dentro de la empresa en el futuro.

Por todo ello, las empresas tienen importantes incentivos legales para implementar un criminal compliance, más allá de su voluntad de crear un ambiente ético y de cumplimiento dentro de la empresa.

NIETO ENRIQUEZ Abogados Penalistas dispone de un Departamento propio dedicado al asesoramiento penal preventivo de directivos y empresas y a la elaboración de programas de prevención de delitos (Compliance Penal) adaptados a las necesidades de nuestros clientes, que les permitan evitar los riesgos de comisión de delitos en el ejercicio de su actividad empresarial.

¿Qué servicios de abogado realizamos de Compliance Penal?

  • Elaboración de un programa de prevención de delitos o Compliance Penal.
  • Implantación del Sistema de Compliance penal.
  • Revisión y actualización de programas de Compliance.
  • Informes jurídicos de Due Diligence o Compliance en materia penal.
  • Gestión del canal de denuncias instaurado en la Compañía.
  • Elaboración de políticas específicas para cada Departamento dentro de la empresa.
  • Diseño de políticas generales de aplicación a toda la empresa.
  • Asesoramiento en investigaciones internas.
  • Adaptación del Compliance penal a la UNE 19601, ISO 37301 y/o ISO 37001.
  • Acompañamiento en el proceso de certificación del Compliance Penal.
  • Impartición de formación en materia de Compliance penal para directivos y empleados, de manera presencial u online.
  • Diseño de materiales de formación.
  • Elaboración de Manuales de Prevención de Blanqueo de Capitales.
  • Asesoramiento especializado como miembros del órgano de cumplimiento de las empresas.
  • Asesoramiento externo de forma continuada al Compliance Officer o Comité ético de las empresas.

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