Abogados penalistas especializados en: Delito de prevaricación
¿Qué es el delito de prevaricación?
Es un tipo de delito que se recoge dentro de los delitos contra la Administración de Justicia, regulado en los arts. 446 a 449, como delito de prevaricación del Código Penal, que sancionan los comportamientos que veremos a continuación.
¿Cuándo hay delito de prevaricación?
Prevaricación judicial dolosa
En primer lugar, el art. 446 del Código Penal castiga el delito de prevaricación judicial dolosa, en virtud del cual se castiga al juez o magistrado que, a sabiendas, dicta una sentencia o resolución injusta. La pena aplicable a este delito varía en función del tipo de procedimiento en el cual se dicta la resolución injusta, así como del estado de ejecución de dicha resolución:
- La pena es de prisión de 1 a 4 años si se trata de sentencia injusta contra el reo en causa criminal por delito grave o menos grave y la sentencia no hubiera llegado a ejecutarse. De haberse ejecutado, la pena de prisión se impone en su mitad superior y, además, se impone una multa de 12 a 24 meses. En ambos casos, también se impone la pena de inhabilitación absoluta por tiempo de 10 a 20 años.
- Si se trata de una sentencia injusta contra el reo dictada en proceso por delito leve, la pena es de multa de 6 a 12 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 a 10 años.
- En cualquier otro caso, la pena es de multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 10 a 20 años.
Los Tribunales han dejado claro que no cualquier error cometido por un juez al dictar una resolución conlleva que la resolución dictada sea injusta, hasta el punto de que los hechos sean constitutivos de un delito de prevaricación, sino únicamente cuando la aplicación del Derecho se ha realizado sin tener en cuenta los medios y métodos de interpretación aceptables en un Estado de Derecho, apartándose de todas las alternativas jurídicamente defendibles (STS núm. 101/2012).
En cuanto al elemento subjetivo del tipo, concretado en la expresión «a sabiendas«, exige que el Juez sea consciente de que la resolución dictada queda al margen de la legalidad y de las interpretaciones admisibles en Derecho (STS núm. 228/2015 de 21 abril).
Prevaricación judicial imprudente
En segundo lugar, mediante el art. 447 del Código penal se castiga al Juez o Magistrado que, por imprudencia grave o ignorancia inexcusable, dicta una sentencia o resolución manifiestamente injusta. En este supuesto, la pena es de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 2 a 6 años.
No basta con que la resolución dictada sea injusta para apreciar este delito, como ocurría en la prevaricación dolosa previamente expuesta, sino que la resolución debe ser “manifiestamente injusta”, lo cual implica una mayor gravedad de la injusticia de la resolución (STS núm. 571/2012 de 29 junio). Además, en cuanto al elemento subjetivo del delito, los Tribunales exigen que el Juez se haya representado mentalmente la posibilidad de estar dictando una resolución manifiestamente injusta (STS núm. 359/2002).
Negativa a juzgar
Los Jueces tienen el deber inexcusable de resolver todos aquellos asuntos de los cuales conozcan (art. 1.7 del Código Civil), por lo que no pueden abstenerse de juzgar, a no ser que concurra alguna causa legal de abstención. El incumplimiento de este deber puede ser constitutivo del delito tipificado en el art. 448 del Código Penal, que sanciona con pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 4 años al Juez o Magistrado que se niegue a juzgar, sin alegar causa legal, o alegando oscuridad, insuficiencia o silencio de la Ley.
Retardo malicioso en la Administración de Justicia
Por último, se castiga con pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 6 meses a 4 años al Juez, Magistrado o Letrado de la Administración de Justicia (antiguo Secretario Judicial) que sea culpable de retardo malicioso en la Administración de Justicia, entendiendo como tal el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima. Si el retardo es imputable a un funcionario distinto de los mencionados, este último será castigado con la pena indicada aplicada en su mitad inferior (art. 449 del Código Penal).
¿Quién puede cometer delito de prevaricación?
El delito de prevaricación es un delito especial que solo puede ser cometido por una autoridad o por un funcionario público. La pena por la conducta punible es la inhabilitación de su cargo.