QUEBRANTAMIENTO DE LOS DEBERES DE CUSTODIA

El art. 223 del Código Penal sanciona, con pena de prisión de 6 meses a 2 años, al sujeto que, teniendo a su cargo la custodia de un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, no lo presente a sus padres o guardadores sin justificación, cuando fuere requerido por ellos.

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