Por otro lado, el art. 186 del Código Penal tipifica el delito de provocación sexual, que castiga a la persona que, por cualquier medio directo, venda, difunda o exhiba material pornográfico entre menores o personas con discapacidad. Esta conducta se castiga con pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses.
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