Las agresiones sexuales a menores de 16 años son delitos graves regulados en el Código Penal español con el objetivo de proteger la libertad sexual y la integridad de los menores. Este tipo de conductas se consideran especialmente lesivas debido a la vulnerabilidad de las víctimas, y la legislación establece sanciones severas para quienes las cometan.
A continuación, te explicamos qué implican estas agresiones, cómo se regulan, cuáles son las penas asociadas y las circunstancias que agravan estos delitos.
¿Qué Constituye una agresión sexual a menores de 16 años?
Una agresión sexual a menores de 16 años incluye cualquier acto de carácter sexual realizado con un menor que no haya alcanzado esta edad, independientemente de que haya existido consentimiento. La ley presume que los menores de 16 años no tienen capacidad para otorgar un consentimiento válido en estos casos, por lo que cualquier acto sexual con ellos se considera delito.
Penas por agresión sexual a menores de 16 años
Las sanciones por agresión a menores varían según la gravedad de la conducta y las circunstancias concurrentes:
- Actos de carácter sexual sin violencia ni intimidación: Pena de prisión de 2 a 6 años.
- Agresiones sexuales con violencia o intimidación: Pena de prisión de 5 a 10 años.
- Violación (acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos): Pena de prisión de 6 a 12 años, que puede aumentar a 10 a 15 años si concurren circunstancias agravantes.
Circunstancias que agravan las penas
Las sanciones aumentan en los casos en los que concurren las siguientes circunstancias agravantes:
- La agresión sexual fue cometida por dos o más personas de forma conjunta.
- Uso de violencia extrema o actos particularmente degradantes.
- La víctima es menor de 4 años o se encuentra en una situación de especial vulnerabilidad.
- Existencia de una relación de pareja actual o pasada entre el autor y la víctima.
- Aprovechamiento de una posición de autoridad, parentesco o convivencia.
- Uso de armas u objetos peligrosos.
- Administración de sustancias para anular la voluntad de la víctima.
- Comisión del delito dentro de una organización criminal.
Además, si el autor es una autoridad o funcionario público, la pena incluirá inhabilitación absoluta de 6 a 12 años.
Exención de responsabilidad penal
El Código Penal contempla una excepción en el artículo 183 bis, donde el consentimiento del menor de 16 años puede eximir de responsabilidad penal si el autor es una persona próxima en edad y grado de desarrollo o madurez física y psicológica. Esta disposición busca evitar la criminalización de relaciones consensuadas entre jóvenes.
Abogada Penalista – Socia fundadora del despacho NIETO ENRIQUEZ Abogados Penalistas. Lidera un equipo de abogados especializados en Derecho Penal y Compliance. Cuenta con amplia experiencia en la dirección jurídica de todo tipo de asuntos penales y en la elaboración de programas de prevención de delitos e imparte formaciones a directivos y empleados en esta materia.