El impacto del nuevo delito de maltrato animal en los programas de compliance penal de las empresas

maltrato animal

El pasado 29 de marzo de 2023 se publicó en el BOE la Ley Orgánica 3/2023, que introduce importantes modificaciones en el Código Penal en materia de maltrato animal. Esta reforma supone un cambio relevante no solo para particulares, sino también para las empresas, ya que incorpora de forma expresa la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delito de maltrato animal.

El objetivo de esta nueva regulación es reforzar la protección penal de los animales y garantizar una respuesta más eficaz frente a conductas de violencia o negligencia. En consecuencia, las empresas deben adaptar sus programas de compliance penal para prevenir este tipo de riesgos.

La responsabilidad penal de la empresa en el delito de maltrato animal

Con la reforma del Código Penal, las empresas pueden ser penalmente responsables cuando el delito de maltrato animal se comete en su nombre o en su beneficio, directo o indirecto.

De acuerdo con el artículo 31 bis del Código Penal, esta responsabilidad puede derivarse de:

  • Actuaciones de administradores o directivos
  • Decisiones de órganos de control
  • Conductas de empleados por falta de supervisión, vigilancia o control

Esto implica que la responsabilidad penal de la empresa no solo surge por acción directa, sino también por omisión de los deberes de control.

Sectores especialmente afectados por la nueva regulación

La reforma tiene un impacto directo en aquellas actividades empresariales relacionadas con animales, entre ellas:

  • Clínicas veterinarias
  • Ganaderías y granjas
  • Empresas de transporte de animales
  • Mataderos
  • Centros de cría o cuidado

Estas empresas deberán revisar su compliance penal para incluir protocolos específicos de prevención del maltrato animal.

Conductas que pueden constituir delito de maltrato animal

El delito de maltrato animal puede cometerse tanto por acción como por omisión. Algunas conductas relevantes son:

  • No proporcionar alimento o agua suficiente
  • No facilitar atención veterinaria necesaria
  • Mantener a los animales en condiciones inadecuadas
  • Transporte en condiciones que perjudiquen su salud

Estas conductas pueden generar responsabilidad penal tanto para la persona física como para la empresa.

Penas por delito de maltrato animal (artículo 340 bis CP)

El nuevo artículo 340 bis del Código Penal establece penas para quienes causen lesiones a un animal que requieran tratamiento veterinario.

Las sanciones incluyen:

  • Prisión de 3 a 18 meses o multa de 6 a 12 meses
  • Inhabilitación de 1 a 3 años para actividades relacionadas con animales

Se contemplan además agravantes, como:

  • Actuar con ánimo de lucro
  • Utilizar medios peligrosos
  • Ser el propietario o responsable del animal
  • Consecuencias si se produce la muerte del animal

En los casos más graves, cuando el maltrato provoca la muerte del animal, las penas se incrementan:

  • Prisión de 6 a 18 meses o multa de 18 a 24 meses
  • Inhabilitación de 2 a 4 años

Responsabilidad penal de las personas jurídicas (artículo 340 quater CP)

El artículo 340 quater del Código Penal regula las penas aplicables a las empresas, que pueden incluir:

  • Multas económicas
  • Suspensión de actividad
  • Clausura de locales hasta 5 años
  • Inhabilitación para obtener subvenciones
  • Disolución de la persona jurídica (en casos graves)

Esto refuerza la necesidad de implementar un modelo de prevención de delitos eficaz.

La importancia del compliance penal para prevenir el delito de maltrato animal

El propio Código Penal prevé la exención de responsabilidad penal de la empresa si esta ha implantado correctamente un programa de compliance penal eficaz.

Para ello, las empresas deben:

  • Identificar riesgos relacionados con el maltrato animal
  • Establecer protocolos de actuación
  • Formar a empleados
  • Implementar sistemas de control y supervisión

Un adecuado sistema de compliance no solo reduce riesgos legales, sino que protege la reputación corporativa.

La reforma del Código Penal en materia de maltrato animal y responsabilidad penal de las personas jurídicas obliga a las empresas a adaptar sus sistemas internos de control.

En Nieto Enríquez Abogados Penalistas, despacho de abogados penalistas en Barcelona, asesoramos a empresas en la implantación y revisión de programas de prevención de delitos. Si necesitas adaptar tu modelo de compliance o evaluar riesgos penales en tu actividad, no dudes en contactar con nosotros.

Formulario de contacto

Cristina Nieto Enríquez

Socia fundadora del despacho NIETO ENRIQUEZ Abogados Penalistas. Lidera un equipo de abogados especializados en Derecho Penal y Compliance. Cuenta con amplia experiencia en la dirección jurídica de todo tipo de asuntos penales y en la elaboración de programas de prevención de delitos e imparte formaciones a directivos y empleados en esta materia.