Cohecho
El delito de cohecho se encuentra regulado en los arts. 419 a 427 bis del Código Penal y tienen como fin evitar que el interés privado influya en el ejercicio de funciones públicas, garantizando así la imparcialidad de la Administración.
Los delitos electorales abarcan aquellas conductas que alteran, manipulan o vulneran la legalidad del proceso electoral, afectando al derecho fundamental de participación política y al correcto funcionamiento del sistema democrático. Entre estas conductas se incluyen el fraude electoral, la falsificación de resultados, la compra de votos o la coacción a electores, entre otras.
Se trata de procedimientos especialmente sensibles, ya que inciden directamente en la transparencia y legitimidad de las elecciones. Por ello, su investigación y enjuiciamiento requieren un análisis jurídico exhaustivo de los hechos, las pruebas y el contexto en el que se han producido.
Como abogada penalista, ofrezco asesoramiento y defensa especializada en procedimientos por delitos electorales, tanto en la defensa de personas investigadas o acusadas como en el estudio estratégico del caso desde sus primeras fases. Cada situación exige una actuación técnica, rigurosa y una estrategia de defensa adaptada a las circunstancias concretas.
Si te encuentras ante una investigación o acusación relacionada con delitos electorales, es fundamental actuar con rapidez y contar con asesoramiento legal especializado desde el primer momento. Mi compromiso es ofrecerte una atención cercana, confidencial y una defensa sólida, acompañándote durante todo el proceso con rigor, estrategia y profesionalidad.
Los delitos electorales son aquellos que son cometidos durante un proceso electoral y no se encuentran regulados en el Código Penal, sino en la Ley Orgánica 5/1985 de Régimen Electoral General. A través de esta ley, se sancionan como infracción penal, entre otros, los siguientes comportamientos: