PRESCRIPCIÓN

Prescripción del delito

La prescripción del delito es una de las causas de extinción de la responsabilidad penal (art. 130.1. 6º del Código Penal). En virtud de la prescripción, la responsabilidad penal de una persona se extingue por el simple transcurso del tiempo.

 

¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que un delito se considere prescrito? Los plazos de prescripción se encuentran regulados en el art. 131 del Código Penal y varían en función de la gravedad del delito cometido:

  1. 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito es de prisión de 15 o más años.
  2. 15 años, cuando la pena máxima señalada es de inhabilitación por más de 10 años o prisión de entre 10 y 15 años.
  3. 10 años, cuando la pena máxima es de prisión o inhabilitación de entre 5 y 10 años.
  4. 1 año, para los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias.
  5. 5 años, para los demás delitos.

 

¿Hay algún delito que no prescriba nunca? Conforme al Código Penal, no prescriben nunca los delitos de lesa humanidad y de genocidio, los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado y los delitos de terrorismo si han causado la muerte de una persona.

 

Los plazos previamente indicados empiezan a contar desde el día en que se cometió el delito. Sin embargo, existen dos excepciones:

  1. En los delitos de aborto no consentido, lesiones, delitos contra la libertad, torturas, contra la integridad moral, contra la intimidad y la inviolabilidad del domicilio y contra las relaciones familiares, si la víctima es menor en el momento de la comisión del delito, el plazo de prescripción empieza a contar desde el día en que la víctima cumple 18 años.
  2. En los delitos de tentativa de homicidio, lesiones graves, maltrato habitual, contra la libertad, delitos sexuales y trata de seres humanos, si la víctima era menor en el momento de la comisión del delito, los plazos de prescripción empiezan a contar desde que la víctima cumple 35 años.

 

Además, los plazos de prescripción se interrumpen cuando el procedimiento se dirige contra la persona aparentemente responsable del delito, y vuelven a contar de nuevo desde la paralización del procedimiento o desde que el proceso acaba sin condena.

Veámoslo con un ejemplo. Una persona comete un delito de leve de estafa el día 10 de febrero de 2018. Si transcurrido un año desde esa fecha no se presenta una denuncia o se inicia un procedimiento penal para investigar los hechos, la responsabilidad penal queda extinguida. Así, si en enero del año 2022 se presenta una denuncia y se inicia un procedimiento penal contra esa persona por los hechos indicados, el Juez debe archivar el procedimiento por prescripción del delito. 

 

¿Cuándo puede alegarse la prescripción en un procedimiento penal? La prescripción puede alegarse en cualquier momento del procedimiento e incluso debe ser apreciada de oficio por el Tribunal, aunque las partes no lo hayan solicitado. 

 

Prescripción de la pena

Además de la prescripción del delito, también existe la posibilidad de que prescriba la pena impuesta. La prescripción de la pena resulte aplicable a los supuestos en que, una vez finalizado el procedimiento penal con una sentencia condenatoria, la pena impuesta en sentencia no se llega a ejecutar. Las penas prescriben una vez transcurridos los plazos previstos en el art. 133 del Código Penal, que son los siguientes:

 

  1. 30 años, las penas de prisión por más de 20 años.
  2. 25 años, las penas de prisión de entre 15 y 20 años.
  3. 20 años, las penas de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión de entre 10 y 15 años.
  4. 15 años, las penas de inhabilitación de entre 6 y 10 años, y las penas de prisión de entre 5 y 10 años.
  5. 10 años, el resto de las penas graves.
  6. 5 años, el resto de las penas menos graves.
  7. 1 año, las penas leves.

 

Como ocurría con la prescripción del delito, tampoco prescriben las penas impuestas por delitos de lesa humanidad y genocidio, delitos contra personas y bienes protegidos en conflictos armados ni delitos de terrorismo en los cuales se haya causado la muerte de una persona.

 

Los plazos de prescripción de la pena empiezan a contar desde la fecha en que la sentencia condenatoria es firme o desde el incumplimiento de la condena.

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